NO es la expulsión, esto se refiere al derecho de ser evaluado previamente y
escuchar los motivos y razones del porque has cometido la infracción.
El Servicio Nacional de Migraciones según el art 129 de la ley 21.325 tiene la
obligación de evaluar tu situación antes de decretar la expulsión y te otorga un
plazo para que presentes descargos.
La expulsión siempre llega como un Resolución Exenta debidamente
fundamentada y de cumplimiento de inmediato.


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