Los hijos o hijas de padre o madre chilenos nacidos en el exterior deberán
comprobar que uno de sus padres o abuelos haya obtenido la nacionalidad
chilena, (i) Por nacimiento en territorio chileno; (ii) Por carta de nacionalización; o
(iii) Por especial gracia. Gestionar Inscripción consular de nacimiento en el
extranjero. Y luego hacer la inscripción en el Registro Civil.
Agregar un comentario